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La Justicia en lo Contencioso Administrativo de La Plata hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Defensoría del Pueblo bonaerense y ordenó al Gobierno nacional preservar y entregar información sobre las tierras rurales de la provincia que se encuentre registrada durante el período de vigencia de la Ley de Tierras Rurales.
La resolución establece que el Ministerio de Justicia de la Nación deberá informar, en un plazo de cinco días, hasta qué fecha fueron actualizadas las bases de datos y garantizar la conservación de los antecedentes registrales recopilados durante los últimos 15 años. Además, deberá precisar la superficie rural que se encuentra en manos de titulares extranjeros y su ubicación.
El fallo fue dictado por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, a partir de la presentación realizada por el organismo que conduce Guido Lorenzino.
El planteo de la Defensoría
La Defensoría había advertido que la derogación de la Ley 26.737 implicó la eliminación de mecanismos de control sobre la titularidad extranjera de tierras rurales, así como del denominado mapa dominial, una herramienta destinada a conocer la distribución de la propiedad rural.
Según el organismo bonaerense, conservar esos registros resulta necesario para conocer el estado actual del territorio y contar con información que permita planificar políticas vinculadas con el desarrollo territorial y la protección ambiental.
“No podemos permitir que la flexibilización o la falta de los controles deje a las y los bonaerenses a ciegas sobre la soberanía de sus recursos naturales y del suelo rural”, sostuvo Lorenzino. El funcionario agregó que preservar la información pública sobre el territorio resulta fundamental para la sustentabilidad ambiental y los derechos de las futuras generaciones.
La resolución judicial consideró que la pérdida o alteración de esos datos podría generar un perjuicio irreversible para la planificación y el desarrollo sostenible de la provincia.
Qué establecía la Ley de Tierras
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía un límite del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y municipal. También contemplaba restricciones vinculadas con la nacionalidad de los propietarios y la cantidad de superficie que podía concentrar cada titular.
La norma fue derogada mediante el DNU 70/2023 impulsado por el Gobierno de Javier Milei. La discusión sobre su vigencia llegó posteriormente a la Justicia y, la semana pasada, la Corte Suprema revocó una resolución de la Cámara Federal de La Plata que había frenado la derogación.
El máximo tribunal fundamentó su decisión en una cuestión procesal: consideró que el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, que había iniciado la demanda, no contaba con legitimación suficiente para promoverla. La Corte no se expidió sobre la constitucionalidad del artículo que derogó la ley.
El alcance de la nueva medida
La cautelar dictada ahora por la Justicia bonaerense no restablece la Ley de Tierras ni modifica directamente la decisión de la Corte Suprema. Su alcance está concentrado en preservar la información pública y registral acumulada durante los años en que la normativa estuvo vigente.
El objetivo de la Defensoría es evitar que la eliminación de los mecanismos establecidos por la ley implique también la pérdida de los registros históricos sobre la propiedad rural extranjera.
La resolución adquiere especial relevancia en distritos bonaerenses donde existe una importante presencia de titulares extranjeros, como Campana y Zárate, de acuerdo con la presentación realizada por el organismo provincial.
De esta manera, mientras continúa el debate político y judicial en torno al régimen de tierras rurales, la Justicia ordenó al Gobierno nacional conservar la información que permita conocer cómo se encuentra distribuida la propiedad rural en territorio bonaerense.