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Comenzamos una nueva edición de nuestro tradicional Consultorio Jurídico de la mano de la Dra. Mariangeles Cortez. Esta vez hablamos sobre todo lo que hay que saber referido a alimentos y atribuciones del hogar
"No solo los alimentos se tratan cuando hay menores sino se refiere a todo lo que necesita una persona en cuestión de necesidades básicas de mantención de su vida. El tema de alimentos en los hijos hasta los 18 años y 25 años siempre y cuando estén estudiando, independientemente si es en cuestiones académicas o de capacitación de oficios" explicó la Dra.
"La persona obligada puede pedir que se haga en dinero solamente, o dinero y gastos o partes con vestimenta. Se tienen en cuenta los ingresos de la persona que debe pagar alimentos y la situación del hijo. Hay reclamos que se hacen desde los parientes, pero generalmente lo hacen los hijos hacia los progenitores." aseveró la abogada Cortez.
"En lo que es la atribución familiar tenemos la vivienda, quien esta a cargo de la mantención de los menores tiene el derecho de atribuirse otro hogar en caso de divorcio o situaciones de violencia, en este ultimo caso se da preventivamente una situación de exclusión del hogar del agresor. Respeto al matrimonio, al divorciarse se deben dividir los bienes y los concubinos si la vivienda está a nombre de uno de ellos, se le atribuye a esa persona por más que la otra parte haya invertido en esa propiedad." expresó la Dra. Magiangeles Cortez.
"Respecto al monto, no hay uno fijo se tiene en cuenta la situación de pago del progenitor y la situación del hijo. Generalmente se establece una mediación donde el no conviviente hace una propuesta y en caso de no haber acuerdo se judicializa mediante una demanda de alimentos. La actualización del monto es cada 3 a 6 meses y en caso de incumplimiento se debe reportar la situación al representante legal". finalizó la letrada.
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